El fondo de educación y promoción en cooperativas de crédito: su gestión con o sin una fundación
Las Cooperativas de Crédito deben destinar un porcentaje de su excedente al Fondo de Educación y Promoción, por un importe mínimo del 10% del mismo, incluso por la parte procedente de los resultados extracooperativos. Sin duda, es el sector cooperativo con mayores excedentes, y con mayor volumen de...
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AECOOP Escuela de Estudios Cooperativos
2010
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oai:doaj.org-article:0bbd598bcc0f406aa2c376597bd511c42021-11-12T13:14:36ZEl fondo de educación y promoción en cooperativas de crédito: su gestión con o sin una fundación1135-66181885-8031https://doaj.org/article/0bbd598bcc0f406aa2c376597bd511c42010-04-01T00:00:00Zhttp://revistas.ucm.es/index.php/REVE/article/view/19511https://doaj.org/toc/1135-6618https://doaj.org/toc/1885-8031Las Cooperativas de Crédito deben destinar un porcentaje de su excedente al Fondo de Educación y Promoción, por un importe mínimo del 10% del mismo, incluso por la parte procedente de los resultados extracooperativos. Sin duda, es el sector cooperativo con mayores excedentes, y con mayor volumen de FEP a gestionar. Tanto la Ley 20/90 de régimen fiscal de las Cooperativas, como la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al Mecenazgo, les conceden un trato favorable. Por ello, algunas Cooperativas empiezan a gestionar su Fondo a través de una Fundación, ya que los fines del FEP son compatibles, y además, pueden dotar al FEP o a la Fundación cantidades superiores. Ante la doble legislación: cooperativa y de mecenazgo, se pretende efectuar un análisis económico comparable de estas actuaciones de las Cooperativas de Crédito. Para ello, se considerarán dos modelos alternativos –con o sin Fundación- . El objeto del análisis será evaluar la optimización de los recursos destinados a estos fines, concretamente, la presión fiscal, los recursos finales obtenidos y el resultado contable tras impuestos y dotaciones de los dos modelos. El análisis utilizará como metodología, hojas de cálculo con iteración.Agustín Romero CiveraAECOOP Escuela de Estudios CooperativosarticleCooperativasExcedentesFiscalidadFondos SocialesMecenazgoEconomics as a scienceHB71-74ENESRevista de Estudios Cooperativos, Vol 101, Pp 58-78 (2010) |
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Cooperativas Excedentes Fiscalidad Fondos Sociales Mecenazgo Economics as a science HB71-74 Agustín Romero Civera El fondo de educación y promoción en cooperativas de crédito: su gestión con o sin una fundación |
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Las Cooperativas de Crédito deben destinar un porcentaje de su excedente al Fondo de Educación y Promoción, por un importe mínimo del 10% del mismo, incluso por la parte procedente de los resultados extracooperativos. Sin duda, es el sector cooperativo con mayores excedentes, y con mayor volumen de FEP a gestionar. Tanto la Ley 20/90 de régimen fiscal de las Cooperativas, como la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al Mecenazgo, les conceden un trato favorable. Por ello, algunas Cooperativas empiezan a gestionar su Fondo a través de una Fundación, ya que los fines del FEP son compatibles, y además, pueden dotar al FEP o a la Fundación cantidades superiores. Ante la doble legislación: cooperativa y de mecenazgo, se pretende efectuar un análisis económico comparable de estas actuaciones de las Cooperativas de Crédito. Para ello, se considerarán dos modelos alternativos –con o sin Fundación- . El objeto del análisis será evaluar la optimización de los recursos destinados a estos fines, concretamente, la presión fiscal, los recursos finales obtenidos y el resultado contable tras impuestos y dotaciones de los dos modelos. El análisis utilizará como metodología, hojas de cálculo con iteración. |
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