Bienes comunes y organización social: la experiencia actual de las comunidades mapuches en Chile
Las comunidades indígenas de los países del Sur del mundo son un depósito de conocimientos tradicionales y experiencias comunitarias; pero están destinadas a perder originalidad y consistencia si no se amparan de una manera apropiada. Los conocimientos tradicionales, por efecto de la explotación abu...
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Formato: | article |
Lenguaje: | EN |
Publicado: |
Universidad del Norte
2019
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Acceso en línea: | https://doaj.org/article/1dcd9c3408324cea9a3ade71132518bc |
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Sumario: | Las comunidades indígenas de los países del Sur del mundo son un depósito de conocimientos tradicionales y experiencias comunitarias; pero están destinadas a perder originalidad y consistencia si no se amparan de una manera apropiada. Los conocimientos tradicionales, por efecto de la explotación abusiva realizada por las grandes empresas occidentales, y las experiencias comunitarias, están condenadas en la economía del mundo globalizado. La categoría del derecho humano colectivo podría ofrecer el instrumento jurídico para garantizar una protección adecuada a esos productos culturales de la biodiversidad y para consolidar el estatuto de ellos como bienes de pertenencia colectiva.Emblemático desde este punto de vista es el caso de estudio ofrecido por las organizaciones sociales de las comunidades mapuche de Chile, que demuestran también el rol fundamental de la mujer en la organización social de la comunidad.Este estudio de enfoque biográfico se realizó a través de entrevistas a mujeres y hombres mapuches que ejercen roles tradicionales y participan en organizaciones sociales. El análisis de la información permitió concluir que los recursos naturales -siendo para las comunidades mapuches un bien común de responsabilidad colectiva- y que dichas comunidades mantienen modos de organización ancestral y autoridades tradicionales, por tanto, cuentan con unas reglas consuetudinarias, que es necesario reconocer y legitimar, salvaguardando los conocimientos tradicionales, resguardados en tratados internacionales como el de Nagoya, y normas como el Convenio 169. Por lo que las decisiones en materias que les afectan deben estar mediadas por procesos de consulta que consideren las diferentes instancias de organización presentes en la comunidad. |
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