Editorial
El proceso de globalización al cual se enfrenta la economía de todos los países, genera diariamente la necesidad de comprender los cambios constantes en los sistemas de información reflejados por la contabilidad financiera y la capacidad de parte de los profesionales del área contable para adaptarse...
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Publicado: |
Universidad de Los Andes
2011
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oai:doaj.org-article:257694d69ce84d42bb6687849b2425ae2021-11-11T15:56:50ZEditorial1317-88222477-9547https://doaj.org/article/257694d69ce84d42bb6687849b2425ae2011-01-01T00:00:00Zhttp://www.redalyc.org/articulo.oa?id=465545890001https://doaj.org/toc/1317-8822https://doaj.org/toc/2477-9547El proceso de globalización al cual se enfrenta la economía de todos los países, genera diariamente la necesidad de comprender los cambios constantes en los sistemas de información reflejados por la contabilidad financiera y la capacidad de parte de los profesionales del área contable para adaptarse a ellos, sobre todo si se quiere incursionar de manera competitiva y eficiente en mercados internacionales. El presente artículo tiene como objetivo conocer la base legal que regula el sistema contable venezolano y el colombiano, así como también analizar el principio de entidad o ente económico previsto en ambas legislaciones. En la investigación se empleó un diseño bibliográfico, utilizando fuentes de información secundaria. Del análisis jurídico efectuado se logró concluir que la norma que regula el sistema contable venezolano pertenece al ámbito del derecho privado, a diferencia del sistema contable colombiano que se encuentra regulado por normas de derecho público. Desde el punto de vista contable no todas las unidades económicas o entidades poseen personalidad jurídica y no por ello se deja de aplicar al ente abstractamente considerado, los principios de contabilidad generalmente aceptados. Una vez identificada la entidad como tal, independientemente de la forma legal que adopte, debe ser considerada como sujeto de principios de contabilidad en el momento en que por deber o requerimiento, deba hacer uso de la técnica contable.Marco Eduardo MuruetaUniversidad de Los Andesarticleprincipios contablesprincipio de la entidadcódigo de comercio venezolanocódigo de comercio colombianoManagement. Industrial managementHD28-70BusinessHF5001-6182ESRevista Visión Gerencial, Iss 1, Pp 3-4 (2011) |
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principios contables principio de la entidad código de comercio venezolano código de comercio colombiano Management. Industrial management HD28-70 Business HF5001-6182 Marco Eduardo Murueta Editorial |
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El proceso de globalización al cual se enfrenta la economía de todos los países, genera diariamente la necesidad de comprender los cambios constantes en los sistemas de información reflejados por la contabilidad financiera y la capacidad de parte de los profesionales del área contable para adaptarse a ellos, sobre todo si se quiere incursionar de manera competitiva y eficiente en mercados internacionales. El presente artículo tiene como objetivo conocer la base legal que regula el sistema contable venezolano y el colombiano, así como también analizar el principio de entidad o ente económico previsto en ambas legislaciones. En la investigación se empleó un diseño bibliográfico, utilizando fuentes de información secundaria. Del análisis jurídico efectuado se logró concluir que la norma que regula el sistema contable venezolano pertenece al ámbito del derecho privado, a diferencia del sistema contable colombiano que se encuentra regulado por normas de derecho público. Desde el punto de vista contable no todas las unidades económicas o entidades poseen personalidad jurídica y no por ello se deja de aplicar al ente abstractamente considerado, los principios de contabilidad generalmente aceptados. Una vez identificada la entidad como tal, independientemente de la forma legal que adopte, debe ser considerada como sujeto de principios de contabilidad en el momento en que por deber o requerimiento, deba hacer uso de la técnica contable. |
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