¿INFERIORIDAD DE ARMAS DE LA DEFENSA EN EL PROCESO PENAL? (Especial referencia al derecho a la prueba)
El derecho de defensa en general enmarcado en el proceso penal respecto al imputado o acusado, se traduce en una serie de derechos de la defensa que asume el abogado defensor. Los derechos de la defensa en el proceso penal español no llegan a ser reales y efectivos por insufi ciencias legales, tant...
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Formato: | article |
Lenguaje: | EN ES |
Publicado: |
Tirant lo blanch
2020
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Acceso en línea: | https://doaj.org/article/299f62f78ebd4f1a81b21e97f85593d4 |
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Sumario: | El derecho de defensa en general enmarcado en el proceso penal respecto al imputado o acusado, se traduce en una serie de derechos de la defensa que asume el abogado defensor. Los derechos de la defensa en el proceso penal español no llegan a ser reales y efectivos por insufi ciencias legales, tanto de carácter estructural (persistencia de la figura del juez instructor y defi ciente control de calidad para el acceso a la abogacía) como procedimental (abuso del secreto interno en la instrucción, interferencias de los medios de comunicación, ausencia de adecuada regulación legal de las intervenciones judiciales de las comunicaciones y de las entradas y registros de domicilios, etc.). Estas deficiencias colocan a la defensa en una situación de inferioridad respecto a las acusaciones, también en lo relativo a la propuesta, obtención y valoración de la prueba, necesitando soluciones de lege ferenda su solución.
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