Crisis de pareja de hecho y animales de compañía. Sentencias en Cataluña, anteriores a la propuesta de reforma del Código Civil de 20 de abril de 2021

El objeto del presente comentario es analizar la Sentencia de 14 de marzo de 2018 del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Barcelona y la Sentencia fecha 6 de noviembre de 2019 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Vilanova y la Geltrú, por ser ambas resoluciones judiciales dictada...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Miryam Olivera Oliva
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
Publicado: Universitat Autonoma de Barcelona. Facultat de Dret 2021
Materias:
Acceso en línea:https://doaj.org/article/2b7254ffb7ae4751b94c0171a129975f
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Sumario:El objeto del presente comentario es analizar la Sentencia de 14 de marzo de 2018 del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Barcelona y la Sentencia fecha 6 de noviembre de 2019 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Vilanova y la Geltrú, por ser ambas resoluciones judiciales dictadas en un procedimiento de juicio verbal tras la ruptura de pareja de hecho o pareja estable en los que el objeto de controversia es un animal de compañía, a los efectos de analizar el marco normativo aplicable en la Comunidad Autónoma de Cataluña así como determinar, si en ambos casos se ha atendido únicamente a la formulación negativa de que los animales no son cosas o, por el contrario, se ha atendido y reconocido específicamente la sentiencia a los animales de compañía y por ende, si ha influido dicha concepción para la resolución de ambos procedimientos. Ambas resoluciones son anteriores a la toma en consideración por parte del Pleno de los Diputados en su sesión de fecha 20 de abril de 2021, de la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie B, núm. 157-1, de 26 de marzo de 2021.