Impuesto diferido de la medición posterior al reconocimiento de las propiedades, planta y equipo

La enmienda de la NIIF para Pymes 2015, incorporó en la política de medición de las propiedades, planta y equipo el modelo de revaluación con cambio al superávit (otras participaciones en el patrimonio). Esto posibilita el ajuste al valor razonable de estas partidas en la contabilidad financiera, lo...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Carlos Augusto Rincón-Soto, María Camila Quiñones-García, Julián Andrés Narváez-Grisales
Formato: article
Lenguaje:ES
Publicado: Universidad Libre 2018
Materias:
Acceso en línea:https://doaj.org/article/55347f6c761a497faed18f99687c0a82
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Descripción
Sumario:La enmienda de la NIIF para Pymes 2015, incorporó en la política de medición de las propiedades, planta y equipo el modelo de revaluación con cambio al superávit (otras participaciones en el patrimonio). Esto posibilita el ajuste al valor razonable de estas partidas en la contabilidad financiera, lo que derivará en diferencias fiscales, que se reflejarán en el impuesto diferido. La discordancia de la comparación contable financiera vs fiscal, se fundamenta en las disimilitudes de las políticas contables de reconocimiento y medición, que se revelan como diferencias permanentes y temporarias. En este artículo se presentan los conceptos, normas y dinámicas para tratar las diferencias fiscales, e ilustrar bajo el método analítico la metodología para el cálculo del impuesto diferido que proviene del modelo revaluado de las propiedades, planta y equipos.CÓDIGOS JEL M40, M41, M48, M49