JUEZ, PROCESO Y JUSTICIA

Según defi ende el autor de este trabajo, no tiene nada de autoritario afi rmar que el carácter instrumental del proceso no deriva de los intereses de las partes y de sus eventuales derechos subjetivos, sino del Estado y de sus fi nes. Es decir, la observancia del derecho objetivo interesa al Estad...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: José Roberto Dos Santos Bedaque
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
Publicado: Tirant lo blanch 2020
Materias:
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/655a8f6499bb42218965ac1be03d25b2
Etiquetas: Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
id oai:doaj.org-article:655a8f6499bb42218965ac1be03d25b2
record_format dspace
spelling oai:doaj.org-article:655a8f6499bb42218965ac1be03d25b22021-11-17T05:21:05ZJUEZ, PROCESO Y JUSTICIA1888-34432695-6594https://doaj.org/article/655a8f6499bb42218965ac1be03d25b22020-05-01T00:00:00Zhttps://teoriayderecho.tirant.com/index.php/teoria-y-derecho/article/view/239https://doaj.org/toc/1888-3443https://doaj.org/toc/2695-6594 Según defi ende el autor de este trabajo, no tiene nada de autoritario afi rmar que el carácter instrumental del proceso no deriva de los intereses de las partes y de sus eventuales derechos subjetivos, sino del Estado y de sus fi nes. Es decir, la observancia del derecho objetivo interesa al Estado, puesto que la verdadera paz social sólo se alcanza con la correcta actuación de las normas imprescindibles para la convivencia de las personas. Cuanto más cerca esté la tutela jurisdiccional de la voluntad del derecho sustantivo, más cerca se estará de la verdadera paz social.  No es aceptable, en consecuencia, la intransigente defensa que hace parte de la doctrina de la inercia judicial en lo que a la prueba se refi ere. Si el objetivo de la actividad jurisdiccional es el mantenimiento de la integridad del ordenamiento jurídico, el órgano jurisdiccional debe desarrollar todo el esfuerzo posible para alcanzarlo, pues solamente cuando eso ocurra, la jurisdicción habrá cumplido su función social. Y, como el resultado de la prueba es, en la gran mayoría de los casos, un factor decisivo para la conclusión del tribunal, éste debe asumir una posición activa al respecto, no limitándose a analizar los elementos suministrados por las partes, sino procurándolos, cuando lo entienda necesario, lo que no signifi ca que no existan algunos límites a dicha actuación, como los elementos objetivos de la demanda. José Roberto Dos Santos BedaqueTirant lo blancharticlePROCESO CIVILPODERES DEL JUEZINICIATIVA PROBATORIACARGA DE LA PRUEBALÍMITES A LOS PODERES DEL JUEZLawKENESTeoría & Derecho, Iss 7 (2020)
institution DOAJ
collection DOAJ
language EN
ES
topic PROCESO CIVIL
PODERES DEL JUEZ
INICIATIVA PROBATORIA
CARGA DE LA PRUEBA
LÍMITES A LOS PODERES DEL JUEZ
Law
K
spellingShingle PROCESO CIVIL
PODERES DEL JUEZ
INICIATIVA PROBATORIA
CARGA DE LA PRUEBA
LÍMITES A LOS PODERES DEL JUEZ
Law
K
José Roberto Dos Santos Bedaque
JUEZ, PROCESO Y JUSTICIA
description Según defi ende el autor de este trabajo, no tiene nada de autoritario afi rmar que el carácter instrumental del proceso no deriva de los intereses de las partes y de sus eventuales derechos subjetivos, sino del Estado y de sus fi nes. Es decir, la observancia del derecho objetivo interesa al Estado, puesto que la verdadera paz social sólo se alcanza con la correcta actuación de las normas imprescindibles para la convivencia de las personas. Cuanto más cerca esté la tutela jurisdiccional de la voluntad del derecho sustantivo, más cerca se estará de la verdadera paz social.  No es aceptable, en consecuencia, la intransigente defensa que hace parte de la doctrina de la inercia judicial en lo que a la prueba se refi ere. Si el objetivo de la actividad jurisdiccional es el mantenimiento de la integridad del ordenamiento jurídico, el órgano jurisdiccional debe desarrollar todo el esfuerzo posible para alcanzarlo, pues solamente cuando eso ocurra, la jurisdicción habrá cumplido su función social. Y, como el resultado de la prueba es, en la gran mayoría de los casos, un factor decisivo para la conclusión del tribunal, éste debe asumir una posición activa al respecto, no limitándose a analizar los elementos suministrados por las partes, sino procurándolos, cuando lo entienda necesario, lo que no signifi ca que no existan algunos límites a dicha actuación, como los elementos objetivos de la demanda.
format article
author José Roberto Dos Santos Bedaque
author_facet José Roberto Dos Santos Bedaque
author_sort José Roberto Dos Santos Bedaque
title JUEZ, PROCESO Y JUSTICIA
title_short JUEZ, PROCESO Y JUSTICIA
title_full JUEZ, PROCESO Y JUSTICIA
title_fullStr JUEZ, PROCESO Y JUSTICIA
title_full_unstemmed JUEZ, PROCESO Y JUSTICIA
title_sort juez, proceso y justicia
publisher Tirant lo blanch
publishDate 2020
url https://doaj.org/article/655a8f6499bb42218965ac1be03d25b2
work_keys_str_mv AT joserobertodossantosbedaque juezprocesoyjusticia
_version_ 1718425929459433472