¿Realmente theft quiere decir hurto? y otras equivalencias dudosas entre las definiciones legales y criminológicas de las infracciones: Consecuencias para el estudio de la delincuencia
Este artículo analiza la comparabilidad de las definiciones de las infracciones utilizadas en la literatura científica y la investigación en criminología comparada —provenientes de la tradición anglosajona del common law— con aquellas utilizadas en el Código Penal Español (CPE), que provienen de la...
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Autores principales: | , |
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Formato: | article |
Lenguaje: | EN ES |
Publicado: |
Sociedad Española de Investigación Criminológica
2021
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Materias: | |
Acceso en línea: | https://doaj.org/article/656c634ac97d431a9e59d99d56e9dff4 |
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Sumario: | Este artículo analiza la comparabilidad de las definiciones de las infracciones utilizadas en la literatura científica y la investigación en criminología comparada —provenientes de la tradición anglosajona del common law— con aquellas utilizadas en el Código Penal Español (CPE), que provienen de la tradición del derecho continental. El análisis demuestra que la definición criminológica en inglés de algunas infracciones incluidas en el European Sourcebook no tiene un equivalente directo en el CPE, y viceversa. Las principales diferencias provienen de la clasificación y definición de los hurtos y robos en el CPE —similar por cierto a las de diversos códigos latinoamericanos— que implica que los conceptos legales de fuerza y violencia no sean sinónimos de los términos force y violence, lo que conlleva incompatibilidades con conceptos como theft y burglary, y afecta a la distinción entre delitos contra el patrimonio (robo) y contra la persona (robbery). Algunas de estas divergencias tienen un impacto directo sobre las comparaciones internacionales de diversas tasas de delincuencia y podrían haber pasado desapercibidas en muchos de las traducciones de textos en inglés utilizados para la enseñanza de la Criminología.
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