El derecho a la salud en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

El derecho a la salud es garantizado en múltiples instrumentos jurídicos internacionales de manera directa e indirecta. Sin perjuicio del marco general que configura la Carta de Derechos Humanos, los sistemas de protección de la OEA y del Consejo de Europa se ocupan cuidadosamente de velar por la má...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ana Cristina Gallego Hernández
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
PT
Publicado: Universidad de Sevilla 2018
Materias:
J
Acceso en línea:https://doaj.org/article/65c8ebc79c3e439caf72a4b389b6cc95
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Sumario:El derecho a la salud es garantizado en múltiples instrumentos jurídicos internacionales de manera directa e indirecta. Sin perjuicio del marco general que configura la Carta de Derechos Humanos, los sistemas de protección de la OEA y del Consejo de Europa se ocupan cuidadosamente de velar por la máxima protección individual y colectiva de la salud.En los últimos años, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, amparándose principalmente en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ha condenado la violación del derecho a la salud en numerosas ocasiones y en relación a casos recientes. Del mismo modo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 8.2 y otros derechos vinculados a este precepto, vela porque los Estados protejan a sus ciudadanos y les presten el nivel más elevado y adecuado de salud.