EN EL BICENTENARIO DE DARWIN ¿DERECHOS DE LOS ANIMALES NO HUMANOS? LA BARRERA DE LA DIGNIDAD

Uno de los argumentos reiteradamente aducidos frente a la pretensión de extender derechos a los animales no humanos es el de la dignidad. De acuerdo con la formulación más frecuente, la dignidad —fundamento mismo de la noción de derechos (humanos, obviamente)— es un atributo exclusivo de los seres...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Javier de Lucas
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
Publicado: Tirant lo blanch 2020
Materias:
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/68590a4afe8f41d6bea5975214cc2925
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Descripción
Sumario:Uno de los argumentos reiteradamente aducidos frente a la pretensión de extender derechos a los animales no humanos es el de la dignidad. De acuerdo con la formulación más frecuente, la dignidad —fundamento mismo de la noción de derechos (humanos, obviamente)— es un atributo exclusivo de los seres humanos. Por eso la expresión “dignidad humana” sería redundante. Y, por lo mismo, al carecer de dignidad, los animales no humanos no pueden ser sujetos de derechos. En este texto, a partir de dos argumentos recuperados de Darwin, intentaré presentar razones para sostener que el recurso a la noción de dignidad, pese a una acrisolada tradición doctrinal y al consenso generalizado, no deja de tener casi exclusivamente un valor retórico, redundante. Por eso, discutiré su atribución exclusiva a los seres humanos y de ahí inferiré que no hay tales barreras deontológicas que impidan hablar de derechos de los animales no humanos.