Tributación y cooperativismo: el régimen fiscal de las cooperativas no agropecuarias (CNA) en Cuba

Los sistemas tributarios modernos regulan, para las cooperativas, un conjunto de incentivos fiscales que buscan fundamentalmente impulsar su creación por encima de otros sujetos económicos y motivar la inversión y la creación de fondos sociales. En el caso particular de Cuba, donde impera un sistema...

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Autores principales: Liana Simón Otero, Adoración Carballo Moya
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
Publicado: AECOOP Escuela de Estudios Cooperativos 2019
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Acceso en línea:https://doaj.org/article/6c23d84cfd724304aa48c16dc6431293
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spelling oai:doaj.org-article:6c23d84cfd724304aa48c16dc64312932021-11-12T13:14:37ZTributación y cooperativismo: el régimen fiscal de las cooperativas no agropecuarias (CNA) en Cuba1135-66181885-803110.5209/reve.65489https://doaj.org/article/6c23d84cfd724304aa48c16dc64312932019-09-01T00:00:00Zhttps://revistas.ucm.es/index.php/REVE/article/view/65489https://doaj.org/toc/1135-6618https://doaj.org/toc/1885-8031Los sistemas tributarios modernos regulan, para las cooperativas, un conjunto de incentivos fiscales que buscan fundamentalmente impulsar su creación por encima de otros sujetos económicos y motivar la inversión y la creación de fondos sociales. En el caso particular de Cuba, donde impera un sistema económico socialista, la necesidad de incentivar formas de propiedad social por encima del sector privado, cobra aún mayor significación, lo que se reconoce en los Lineamientos de la política económica y social, aprobados en el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba, el 18 de abril de 2011 y en el Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la VII Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular el 1 de agosto de 2011. Es por eso que, además de las tradicionales cooperativas agropecuarias, en el año 2012 se haya aprobado la creación de cooperativas denominadas “no agropecuarias”. Estas cooperativas gozan de un régimen tributario especial, regulado en la Ley No. 113 que se promulgó en ese propio año, liderado por los beneficios recibidos en el impuesto que grava la renta (Impuesto sobre Utilidad Per cápita); sin embargo, el sacrificio fiscal que encierra este tipo de regulaciones no tiene razón de ser, si estas no están encaminadas al desarrollo de esta forma de gestión; lo que en este caso resulta cuestionable, ya que la aprobación de nuevas cooperativas está suspendida y los posibles beneficios no están encaminados a promover la inversión.Liana Simón OteroAdoración Carballo MoyaAECOOP Escuela de Estudios Cooperativosarticleempresa social; incentivos; impuestos; promoción de la inversión; fondos sociales.Economics as a scienceHB71-74ENESRevista de Estudios Cooperativos, Vol 134, Pp e65489-e65489 (2019)
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