Dignidad humana y derecho penal: una difícil convergencia. Aproximación al contenido constitucional de la norma rectora del artículo 1 del Código Penal colombiano

22 revista de derecho, universidad del norte, 48: 21-53, 2017 ISSN: 0121-8697 (impreso) • ISSN: 2145-9355 ( on line ) Fecha de recepción: 28 de marzo de 2016 Fecha de aceptación: 7 de noviembre de 2016 Resumen El presente artículo plantea la conceptualización de la dignidad humana en el...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Juan Oberto Sotomayor Acosta, Fernando León Tamayo Arboleda
Formato: article
Lenguaje:EN
Publicado: Universidad del Norte 2017
Materias:
les
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/76a68e571ac84b60a18c6a4f936e6c61
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Descripción
Sumario:22 revista de derecho, universidad del norte, 48: 21-53, 2017 ISSN: 0121-8697 (impreso) • ISSN: 2145-9355 ( on line ) Fecha de recepción: 28 de marzo de 2016 Fecha de aceptación: 7 de noviembre de 2016 Resumen El presente artículo plantea la conceptualización de la dignidad humana en el sistema jurídico colombiano y los problemas que dicho concepto presenta para la construcción de un sistema penal garantista. Para ello se analiza la fuerte presión que se ha venido ejerciendo por la doctrina de los derechos humanos sobre los sistemas penales modernos, ligada a una concepción excluyente de la dignidad humana que ha servido como herramienta de expansión del poder punitivo y que ha conducido a la legitimación de un derecho penal cada vez más violento. A par- tir de una concepción de los derechos fundamentales y la dignidad humana como límites al poder punitivo estatal, se desarrolla, a partir de la jurisprudencia cons- titucional, el contenido del artículo 1 del Código penal colombiano; en particular, se analizan las garantías específicas derivadas de la dignidad humana entendida en su diversos sentidos: como reconocimiento de las limitaciones del actuar hu- mano, como exigencia de igualdad, como autonomía o posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse según sus características (vivir como quiera) y, final - mente, los derivados de la dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no patrimoniales, integridad física e integridad moral (vivir sin humilla- ciones). Los límites que tales garantías suponen en materia penal constituyen el contenido específico de la norma rectora del artículo 1 del Código penal, al cual se encuentra vinculado tanto el legislador al momento de crear las normas penales como el juez al momento de aplicarlas.