Diferencia entre alícuotas estimadas y definitivas en el cálculo de prestaciones sociales

El salario base para el cálculo trimestral de la garantía de las prestaciones sociales, previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras debe integrar las alícuotas mensuales, tanto de bono vacacional como de utilidades (o bonificación...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: David Niño Andrade
Formato: article
Lenguaje:ES
Publicado: Universidad de Los Andes 2018
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Acceso en línea:https://doaj.org/article/8e27f14d329148b6a5bf7eb806ba4b26
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Descripción
Sumario:El salario base para el cálculo trimestral de la garantía de las prestaciones sociales, previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras debe integrar las alícuotas mensuales, tanto de bono vacacional como de utilidades (o bonificación decembrina). Este artículo busca resaltar la diferencia que puede surgir entre los montos que arroja el cálculo trimestral de las señaladas alícuotas y los que en definitiva corresponden al trabajador, al nacer el derecho al bono vacacional y al cierre del ejercicio económico. En efecto, al realizar el cálculo trimestral, se toma el salario correspondiente al último mes, valor con el cual se determinan dichas alícuotas, constituyendo estimaciones que, en algunos casos pueden coincidir con los montos que en definitiva correspondan, pero también podrían ser superiores o inferiores, especialmente al producirse aumentos salariales.