La organización y funcionamiento de la Universidad de los Andes en el siglo XIX: Estatutos y Reglamentos desde la Legislación Nacional (1832-1897)
En el siglo XIX y principios del XX la reglamentación de la Universidad venezolana sufrió sucesivos cambios que incidieron sobre el funcionamientode la misma en lo académico y administrativo. En 1827, Simón Bolívar reforma los Estatutos de la Universidad de Caracas. Posteriormente, José María Varga...
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Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia
2006
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oai:doaj.org-article:8e2ead76b6db4895869c2e5441bffcc42021-11-11T15:39:29ZLa organización y funcionamiento de la Universidad de los Andes en el siglo XIX: Estatutos y Reglamentos desde la Legislación Nacional (1832-1897)0122-72382256-5248https://doaj.org/article/8e2ead76b6db4895869c2e5441bffcc42006-01-01T00:00:00Zhttp://www.redalyc.org/articulo.oa?id=86900813https://doaj.org/toc/0122-7238https://doaj.org/toc/2256-5248En el siglo XIX y principios del XX la reglamentación de la Universidad venezolana sufrió sucesivos cambios que incidieron sobre el funcionamientode la misma en lo académico y administrativo. En 1827, Simón Bolívar reforma los Estatutos de la Universidad de Caracas. Posteriormente, José María Vargas planteará la necesidad de una ley de instrucción pública que derogase la legislación educacional colombiana; pues, aunque asimilable a muchos aspectos en materia de organización, la situación venezolana reclamaba un cuerpo legal propio. Al aplicarse los primeros Estatutos Republicanos de Caracas quedaron derogados los que regían a la Universidad Colonial; dichos estatutos serían en 1832 utilizados al reiniciar sus actividades la Universidad de Mérida y adaptados a su propia realidad. Es sólo en 1840, cuando la Dirección Nacional de Instrucci ón redactó un Código de Instrucción Pública para la educación en las universidades y academias que sustituyeron los decretos de Bolívar en 1827, 1828 y 1829, en Caracas, Bogotá y Quito respectivamente, que coexistían aun después de la ruptura colombiana en 1830. En este orden de ideas, se pretende realizar una primera aproximación a la legislación de la Universidad de Mérida desde las disposiciones universitarias nacionales.Alicia Morales PeñaUniversidad Pedagógica y Tecnológica de Colombiaarticleuniversidad de méridalegislación universitaria nacionalEducationLSpecial aspects of educationLC8-6691ESRevista Historia de la Educación Latinoamericana, Vol 8, Pp 259-276 (2006) |
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En el siglo XIX y principios del XX la reglamentación de la Universidad venezolana sufrió sucesivos cambios que incidieron sobre el funcionamientode la misma en lo académico y administrativo. En 1827, Simón Bolívar reforma los Estatutos de la Universidad de Caracas. Posteriormente, José María Vargas planteará la necesidad de una ley de instrucción pública que derogase la legislación educacional colombiana; pues, aunque asimilable a muchos aspectos en materia de organización, la situación venezolana reclamaba un cuerpo legal propio. Al aplicarse los primeros Estatutos Republicanos de Caracas quedaron derogados los que regían a la Universidad Colonial; dichos estatutos serían en 1832 utilizados al reiniciar sus actividades la Universidad de Mérida y adaptados a su propia realidad. Es sólo en 1840, cuando la Dirección Nacional de Instrucci ón redactó un Código de Instrucción Pública para la educación en las universidades y academias que sustituyeron los decretos de Bolívar en 1827, 1828 y 1829, en Caracas, Bogotá y Quito respectivamente, que coexistían aun después de la ruptura colombiana en 1830. En este orden de ideas, se pretende realizar una primera aproximación a la legislación de la Universidad de Mérida desde las disposiciones universitarias nacionales. |
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