ALGUNOS ASPECTOS CONFLICTIVOS SOBRE LA EJECUCIÓN DE LA ORDEN EUROPEA DE PROTECCIÓN CON OTROS INSTRUMENTOS DE RECONOCIMIENTO MUTUO
La Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, sobre la orden europea de protección se promulgó con el fin de proteger a los ciudadanos de la Unión Europea cuando ejerciten su legítimo derecho a circular y a residir libremente en el territorio de los Estad...
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Formato: | article |
Lenguaje: | EN ES |
Publicado: |
Tirant lo blanch
2020
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Acceso en línea: | https://doaj.org/article/959a8fc3246d4e8eb5d82797b4b37b77 |
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Sumario: | La Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, sobre la orden europea de protección se promulgó con el fin de proteger a los ciudadanos de la Unión Europea cuando ejerciten su legítimo derecho a circular y a residir libremente en el territorio de los Estados miembros. El Estado español ha transpuesto esa Directiva en la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea. En este artículo analizaremos algunos problemas competenciales que dicha norma puede conllevar a la hora de la ejecución de la orden europea de protección. En concreto nos referimos a los conflictos competenciales en la ejecución de la Orden Europea de Protección con otros instrumentos de reconocimiento mutuo como son las resoluciones de libertad vigilada y de las medidas alternativas a la prisión
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