LA INTERPRETACIÓN JURISPRUDENCIAL DEL CONCEPTO DE BENEFICIARIO EFECTIVO EN EL AMBITO INTERNACIONAL

Desde su introducción en el año 1977 en el MC OCDE, la delimitación de su significado ha sido objeto de numerosos debates doctrinales y jurisprudenciales, habida cuenta de la inexistencia de una auténtica definición de este término en los modelos de convenio o en los convenios para evitar la doble i...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Soraya Rodríguez Losada
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
Publicado: Instituto de Estudios Fiscales 2013
Materias:
Acceso en línea:https://doaj.org/article/aa74c743df5f4dd4985f58e0f71a05d3
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Descripción
Sumario:Desde su introducción en el año 1977 en el MC OCDE, la delimitación de su significado ha sido objeto de numerosos debates doctrinales y jurisprudenciales, habida cuenta de la inexistencia de una auténtica definición de este término en los modelos de convenio o en los convenios para evitar la doble imposición. En la actualidad, la OCDE está trabajando en la redacción del concepto de beneficiario efectivo, en un intento de poner fin a la cuestión sobre si es una cláusula antiabuso o una cláusula encaminada a limitar el ámbito de incidencia subjetiva de un convenio. En este trabajo se analizará el origen de la cláusula de beneficiario efectivo, la evolución de la interpretación jurisprudencial de la figura en el ámbito internacional y las posibles consecuencias de la adopción de la propuesta formulada por la OCDE en los convenios para evitar la doble imposición.