LA TUTELA DEL DERECHO FUNDAMENTAL A UN RECURSO EFECTIVO A LA LUZ DE LA DIRECTIVA 2013/32/UE: REFLEXIONES SOBRE EL ASUNTO N.D. Y N.T VS. ESPAÑA

La presente investigación tiene como objeto el estudio del derecho fundamental a un recurso efectivo en el marco jurídico de la Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacio...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Francesca Tassinari
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
Publicado: Tirant lo blanch 2020
Materias:
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/ac7727a888ee49e49d94eb86ea6a119c
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Sumario:La presente investigación tiene como objeto el estudio del derecho fundamental a un recurso efectivo en el marco jurídico de la Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional. La Directiva dispone que cualquier extranjero no ciudadano europeo que se encuentra en el territorio de la Unión Europea tiene derecho a: acceder a los procedimientos para solicitar protección internacional; recibir las garantías procedimentales suficientes para estar en condiciones de seguir el procedimiento en todas sus fases y, en su caso, recurrir una decisión negativa ante un juzgado o tribunal (vid. considerando núm. 25). Sin embargo, no se le garantiza tout court el derecho a permanecer en el territorio del Estado miembro competente mientras se analiza su demanda. De este modo, el legislador de la Unión Europea legitima de forma indirecta la ejecución de numerosas órdenes de devolución y expulsión «prematuras». Consecuencia fundamental de esa laguna es la violación del art. 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Las dificultades de aplicación e interpretación de la Directiva son patentes en la más reciente jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Así lo testimonia su última sentencia dictada contra España. El Estado español ha sido sancionado por haber devuelto a un nacional maliense y a un nacional marfileño que habían cruzado irregularmente la frontera entre Marruecos y España en Melilla (asunto N.D. y N.T. vs. España)