DERECHOS DE LA PERSONA Y LÓGICAS DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA

Este artículo trata de la protección de los derechos del individuo en el campo de los biobancos, y se centra en asuntos relacionados con mantener los requisitos del consentimiento informado en investigación llevada a cabo con muestras y datos genéticos ya almacenados. La naturaleza del consentimien...

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Autor principal: Carlos Casonato
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
Publicado: Tirant lo blanch 2020
Materias:
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/b87b0a8231f348e5ad24231239b6d195
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spelling oai:doaj.org-article:b87b0a8231f348e5ad24231239b6d1952021-11-20T07:21:53ZDERECHOS DE LA PERSONA Y LÓGICAS DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA1888-34432695-6594https://doaj.org/article/b87b0a8231f348e5ad24231239b6d1952020-05-01T00:00:00Zhttps://ojs.tirant.com/index.php/teoria-y-derecho/article/view/170https://doaj.org/toc/1888-3443https://doaj.org/toc/2695-6594 Este artículo trata de la protección de los derechos del individuo en el campo de los biobancos, y se centra en asuntos relacionados con mantener los requisitos del consentimiento informado en investigación llevada a cabo con muestras y datos genéticos ya almacenados. La naturaleza del consentimiento informado, descrito como opción moral, conduce a la necesidad de informar a la persona de quien proviene la muestra o los datos y a pedirle su consentimiento. Aunque la persona no sea físicamente afectada, tiene, no obstante, un interés protegido por decidir si la investigación es o no consistente con su estructura moral y sus ideas sobre el progreso médico. Carlos CasonatoTirant lo blancharticleCconsentimiento informado, investigación clínica, biobanco, bio-derecho, datos genéticosLawKENESTeoría & Derecho, Iss 11 (2020)
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Carlos Casonato
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