Participación política y democracia representativa

El título que propongo para esta conferencia no es nada original, pero, precisamente por eso, ya nos ofrece una idea clara de lo que voy a exponerles a continuación. Efectivamente, no se entiende la democracia sin participación ni representación. La adjetivemos de la forma que queramos, bien sea com...

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Autor principal: José Adrián García Rojas
Formato: article
Lenguaje:PT
Publicado: Universidade de Santa Cruz do Sul 2018
Materias:
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/c3d9d4e1d31542c590ffa3e99a921e28
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spelling oai:doaj.org-article:c3d9d4e1d31542c590ffa3e99a921e282021-11-22T12:04:36ZParticipación política y democracia representativa0104-94961982-995710.17058/rdunisc.v3i56.13069https://doaj.org/article/c3d9d4e1d31542c590ffa3e99a921e282018-09-01T00:00:00Zhttps://online.unisc.br/seer/index.php/direito/article/view/13069https://doaj.org/toc/0104-9496https://doaj.org/toc/1982-9957El título que propongo para esta conferencia no es nada original, pero, precisamente por eso, ya nos ofrece una idea clara de lo que voy a exponerles a continuación. Efectivamente, no se entiende la democracia sin participación ni representación. La adjetivemos de la forma que queramos, bien sea como burguesa frente a la auténtica democracia del socialismo real, que era la democracia popular, o tildándola de orgánica, como definía el régimen del General Franco a su régimen autoritario, o bien manejemos el usual de término de democracia liberal frente al de democracia social, que se unen, en mi opinión en la concepción del Estado Social y Democrático de Derecho. Podemos colegir que no existe régimen alguno que prevea ciertas formas o cauces -en expresión del régimen franquista- de participación y de representación política. La primera puede ser más o menos propiciada desde el Estado. Puede contar con más o menos impedimentos, permitir o no partidos políticos, ser un régimen que ponga el acento en los derechos civiles y políticos y en las libertades fundamentales o hacerlo, como en los regímenes comunistas o de socialismo real, en los derechos colectivos y sociales. También en todos los regímenes políticos, sean autoritarios o democráticos liberales, nos encontramos con cámaras o asambleas representativas de tipo corporativo, como en los sistemas autoritarios y fascistas, populares y pretendidamente asamblearios, a la manera de los soviets, o en la tradicional y liberal forma de un Parlamento. Tanta ha sido la discusión doctrinal sobre lo que es la democracia, que el politólogo norteamericano Robert A. DAHL propuso denominar a las democracias liberales con el nombre de “poliarquías”.José Adrián García RojasUniversidade de Santa Cruz do SularticleLawKLaw in general. Comparative and uniform law. JurisprudenceK1-7720PTRevista do Direito, Iss 56, Pp 150-161 (2018)
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