INVESTIGACIÓN E INSTRUCCIÓN EN EL PROCESO PENAL

La necesaria reforma del proceso penal español, y específicamente de la fase de procedimiento preliminar o instrucción, puede intentarse desde dos puntos de vista políticos muy diferentes.  Según uno de ellos debería atribuirse al Ministerio Fiscal o, lo que es lo mismo en la actual situación españ...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Juan Montero Aroca
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
Publicado: Tirant lo blanch 2020
Materias:
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/c854421505ae407c9a7a69f38499f94b
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Descripción
Sumario:La necesaria reforma del proceso penal español, y específicamente de la fase de procedimiento preliminar o instrucción, puede intentarse desde dos puntos de vista políticos muy diferentes.  Según uno de ellos debería atribuirse al Ministerio Fiscal o, lo que es lo mismo en la actual situación española, al Poder Ejecutivo, el cual debería asumir también, al menos en lo posible, el monopolio de la acusación, y con ello se trataría de copiar modelos ajenos al nuestro, modelos que por cierto no aseguran una justicia penal en la que se garanticen mejor los derechos de todas las personas (acusados, víctimas). Según el otro, el que se propugna en estas páginas, la instrucción es algo diferente de la investigación y aquella debe atribuirse a un órgano del Poder Judicial y por ello independiente, aparte de que el Ministerio Fiscal nunca debería asumir monopolio alguno en la acusación. El objeto del estudio responde así a la idea de que la necesaria reforma de nuestro proceso penal, no debe llevar a importar modelos ajenos y en buena medida inquisitivos, sino que debe hacerse desde el perfeccionamiento de nuestro sistema y por el camino de las garantías efectivas; entre ellas la del juicio oral no puede llegar a convertirse en amenaza