Suicidio soberano y suicidio patológico

Al definir “suicidio”, la Real Academia Española toma una opción filosófica que se aleja de algunos propósitos y puntos de vista de la salubridad pública, y acentúa su carácter de actividad íntima que realiza un sujeto capaz de acción. Los límites del concepto no son claros; hay un continuo entre el...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Hernán Neira
Formato: article
Lenguaje:EN
ES
PT
Publicado: Universidad Nacional de Colombia 2017
Materias:
b
i
B
Acceso en línea:https://doaj.org/article/d70e166dbee84593a798042a02bad807
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Descripción
Sumario:Al definir “suicidio”, la Real Academia Española toma una opción filosófica que se aleja de algunos propósitos y puntos de vista de la salubridad pública, y acentúa su carácter de actividad íntima que realiza un sujeto capaz de acción. Los límites del concepto no son claros; hay un continuo entre el suicidio y encontrar la muerte por causa natural, accidental o conducta de riesgo. Pero el suicidio solo puede ser fruto de un acto soberano, de modo que quien esté privado de voluntad no es un suicida. Esto permite discutir los planteamientos de B. Spinoza e I. Kant, así como algunas posturas de sanidad pública que no ven ese carácter soberano del suicidio.