Suicidio soberano y suicidio patológico
Al definir “suicidio”, la Real Academia Española toma una opción filosófica que se aleja de algunos propósitos y puntos de vista de la salubridad pública, y acentúa su carácter de actividad íntima que realiza un sujeto capaz de acción. Los límites del concepto no son claros; hay un continuo entre el...
Guardado en:
Autor principal: | |
---|---|
Formato: | article |
Lenguaje: | EN ES PT |
Publicado: |
Universidad Nacional de Colombia
2017
|
Materias: | |
Acceso en línea: | https://doaj.org/article/d70e166dbee84593a798042a02bad807 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
Sumario: | Al definir “suicidio”, la Real Academia Española toma una opción filosófica que se aleja de algunos propósitos y puntos de vista de la salubridad pública, y acentúa su carácter de actividad íntima que realiza un sujeto capaz de acción. Los límites del concepto no son claros; hay un continuo entre el suicidio y encontrar la muerte por causa natural, accidental o conducta de riesgo. Pero el suicidio solo puede ser fruto de un acto soberano, de modo que quien esté privado de voluntad no es un suicida. Esto permite discutir los planteamientos de B. Spinoza e I. Kant, así como algunas posturas de sanidad pública que no ven ese carácter soberano del suicidio. |
---|