Cálculo de las utilidades de los trabajadores conforme con la casación social venezolana

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, afirmó en las sentencias nú - meros 858-2014 de 7 de julio y 266-2010 de 23 de marzo, que las utilidades se calculan con base en el salario normal promedio devengado en el año, y, que el salario integral conformado por el salario normal...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: David Augusto Niño Andrade
Formato: article
Lenguaje:ES
Publicado: Universidad de Los Andes 2015
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Acceso en línea:https://doaj.org/article/dfebf885420e40f1bf796a275e75948d
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Sumario:La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, afirmó en las sentencias nú - meros 858-2014 de 7 de julio y 266-2010 de 23 de marzo, que las utilidades se calculan con base en el salario normal promedio devengado en el año, y, que el salario integral conformado por el salario normal más las alícuotas de Utilidades y bono vacacional, es la base para el cálculo de la antigüedad. Este trabajo, enmarcado dentro del género ensayo de tipo crítico, utilizando la inves - tigación bibliográfica-documental e histórico-comparativa, persigue poner en evidencia los errores implícitos en tal doctrina y demostrar que las utilidades se calculan con base en la noción amplia del salario y que las prestaciones sociales se calculan con base en la misma noción, adicionando las alícuotas de utilidades y bono vacacional; lo que incide en los costos laborales de las entidades de trabajo, incrementándolos, pero constituye un mandato legal.