Construcción del “futuro pasado”: una reflexión sobre la elaboración y traslado de los títulos de tierras mayas coloniales.
La elaboración de los Títulos de tierras se inició en la gobernación de Yucatán en la década del siglo XVI. En 1557, don Francisco de Montejo Xiu, el halach uinic del cúuchcabal de Maní, quiso registrar su jurisdicción como una entidad política bajo el régimen hispano y mandó a redactar un document...
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El Colegio de México, A.C.
2018
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oai:doaj.org-article:e4e9cde115624a56b83c0aa5206e98702021-11-08T14:38:17ZConstrucción del “futuro pasado”: una reflexión sobre la elaboración y traslado de los títulos de tierras mayas coloniales.10.24201/clecm.v5i1.1012007-736Xhttps://doaj.org/article/e4e9cde115624a56b83c0aa5206e98702018-02-01T00:00:00Zhttps://cuadernoslinguistica.colmex.mx/index.php/cl/article/view/101https://doaj.org/toc/2007-736X La elaboración de los Títulos de tierras se inició en la gobernación de Yucatán en la década del siglo XVI. En 1557, don Francisco de Montejo Xiu, el halach uinic del cúuchcabal de Maní, quiso registrar su jurisdicción como una entidad política bajo el régimen hispano y mandó a redactar un documento que actualmente se conoce como Título de tierras de Maní. Durante toda la época colonial este título fue consultado varias veces y también los Cabildos de los pueblos sacaron traslados, es decir, copias del mismo para utilizarlas como parte de sus propios títulos con la finalidad de defender sus tierras en litigio. Este trabajo, por ende, tiene como objetivo realizar un análisis comparativo de las cuatro versiones o textos conocidos de este Título e intentar hacer una reflexión sobre el significado de las diferencias que se aprecian en su contenido para dilucidar la intención de los escribas mayas. En términos reales, esta característica se entiende, por una parte, como una alteración o modificación efectuada por los amanuenses quienes trataron de adecuar el texto a las necesidades concretas de ese momento y, por otra, como un reflejo de diferentes actos de construir el presente muy local a partir del Título de 1557, en que está asentado el pasado común. Original recibido: 2017/04/04 Dictamen enviado al autor: 2017/10/24 Aceptado: 2017/11/05 Tsubasa Okoshi HaradaEl Colegio de México, A.C.articletítulo de tierrastraslado (copia)escribanoYucatánépoca colonial.Philology. LinguisticsP1-1091ENESCuadernos de Lingüística de El Colegio de México, Vol 5, Iss 1 (2018) |
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La elaboración de los Títulos de tierras se inició en la gobernación de Yucatán en la década del siglo XVI. En 1557, don Francisco de Montejo Xiu, el halach uinic del cúuchcabal de Maní, quiso registrar su jurisdicción como una entidad política bajo el régimen hispano y mandó a redactar un documento que actualmente se conoce como Título de tierras de Maní. Durante toda la época colonial este título fue consultado varias veces y también los Cabildos de los pueblos sacaron traslados, es decir, copias del mismo para utilizarlas como parte de sus propios títulos con la finalidad de defender sus tierras en litigio. Este trabajo, por ende, tiene como objetivo realizar un análisis comparativo de las cuatro versiones o textos conocidos de este Título e intentar hacer una reflexión sobre el significado de las diferencias que se aprecian en su contenido para dilucidar la intención de los escribas mayas. En términos reales, esta característica se entiende, por una parte, como una alteración o modificación efectuada por los amanuenses quienes trataron de adecuar el texto a las necesidades concretas de ese momento y, por otra, como un reflejo de diferentes actos de construir el presente muy local a partir del Título de 1557, en que está asentado el pasado común.
Original recibido: 2017/04/04
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