¿Puede una marca notoriamente conocida o famosa existente en un país extranjero tener validez en Estados Unidos?

En la mayoría de países del mundo las marcas notoriamente conocidas son protegidas, probablemente debido a la existencia de tratados internacionales que han promovido su protección, como en efecto ocurre en virtud del ar tículo 6 bis del Convenio de París. No obstante, en las Cortes de Circuitos...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Carlos Delvasto
Formato: article
Lenguaje:EN
Publicado: Universidad del Norte 2015
Materias:
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/e9edd5bbeb00423f96d39e9732248858
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Descripción
Sumario:En la mayoría de países del mundo las marcas notoriamente conocidas son protegidas, probablemente debido a la existencia de tratados internacionales que han promovido su protección, como en efecto ocurre en virtud del ar tículo 6 bis del Convenio de París. No obstante, en las Cortes de Circuitos de Estados Unidos de Norteamérica el tema parece no ser del todo claro, pues existe cierta ambigüedad con respecto a si la protección de una mar ca notoriamente conocida extranjera se encuentra o no incorporada en la Lanham Act . Este artículo desarrolla la anterior problemática a partir de la pregunta inicial y en el proceso se aproxima a las principales doctrinas jurídicas que abordan el derecho de marcas de Estados Unidos, y concluye que por el momento existe un conflicto entre los tratados internacionales que ha suscrito Estados Unidos y el Lanham Act.