El Uti Possidetis Juris y la Corte Internacional de Justicia

La posesi6n por uso jurídico se sustenta en la ocupaci6n del territorio a partir de la titulaci6n jurídica, lo que permite que los conflictos defronteras sean resueltos a través de tratados internacionales. Desde el Congreso de Angostura en 1819 Colombia proclam6 la vigencia de! uti possidetis j...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Arturo Gálvez Valega
Formato: article
Lenguaje:EN
Publicado: Universidad del Norte 2004
Materias:
Law
K
Acceso en línea:https://doaj.org/article/ef5c43ae7d1a464d881f6e3f8b0910e6
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Sumario:La posesi6n por uso jurídico se sustenta en la ocupaci6n del territorio a partir de la titulaci6n jurídica, lo que permite que los conflictos defronteras sean resueltos a través de tratados internacionales. Desde el Congreso de Angostura en 1819 Colombia proclam6 la vigencia de! uti possidetis juris, principio que se reitera en el artículo 101 dela Constituci6nde1991 que establece que Los límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por e! Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República, y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la Nación