El derecho a la intimidad en Francia en la época de la Sociedad de la Información: «Quand je vous ameray? Ma foi, je ne le sais pas... peut-être jamais, peut être demain!»
En Francia, el derecho a la intimidad no ha sido consagrado por la Constitución. El ordenamiento jurídico francés maneja sólo el derecho a la vida privada, garantizado, únicamente, por el Código civil. Sin embargo, su artículo 9 se orienta hacia el respeto a la vida privada más que a la intimidad...
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Formato: | article |
Lenguaje: | EN ES PT |
Publicado: |
Universidad de Sevilla
2007
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Acceso en línea: | https://doaj.org/article/f88fb40edeb043199ddbb62d04d3d66b |
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Sumario: | En Francia, el derecho a la intimidad no ha sido consagrado por la Constitución.
El ordenamiento jurídico francés maneja sólo el derecho a la vida
privada, garantizado, únicamente, por el Código civil. Sin embargo, su artículo
9 se orienta hacia el respeto a la vida privada más que a la intimidad de la
vida privada. Hoy por hoy, ante las nuevas tecnologías y frente a la renovación
de los peligros que amenazan la vida privada, el derecho a la intimidad
aparece, en Francia, como un derecho mal conocido al no haberse distinguido
de nociones conexas. Pero, al mismo tiempo, es un derecho muy útil,
susceptible de adaptarse mejor a la evolución que la sociedad viene conociendo
desde hace varias décadas. |
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