El derecho a la intimidad en Francia en la época de la Sociedad de la Información: «Quand je vous ameray? Ma foi, je ne le sais pas...… peut-être jamais, peut être demain!»

En Francia, el derecho a la intimidad no ha sido consagrado por la Constitución. El ordenamiento jurídico francés maneja sólo el derecho a la vida privada, garantizado, únicamente, por el Código civil. Sin embargo, su artículo 9 se orienta hacia el respeto a la vida privada más que a la intimidad...

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Auteur principal: Hubert Alcaraz
Format: article
Langue:EN
ES
PT
Publié: Universidad de Sevilla 2007
Sujets:
J
Accès en ligne:https://doaj.org/article/f88fb40edeb043199ddbb62d04d3d66b
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