El oficio y la “jubilación”. Categorías y lenguaje en una cultura jurisdiccional

Resumen La concepción del oficio con jurisdicción, enraizada en la categoría de deber, condujo en la cultura del derecho común a que se entendiera como una cierta carga (onus), que el oficial cumplía mediante su uso y ejercicio. A éste se hallaba obligado, en principio, de por vida, y sólo podía lib...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Barrientos Grandon,Javier
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, .Facultad de Derecho, Escuela de Derecho. 2021
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0716-54552021000100165
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Sumario:Resumen La concepción del oficio con jurisdicción, enraizada en la categoría de deber, condujo en la cultura del derecho común a que se entendiera como una cierta carga (onus), que el oficial cumplía mediante su uso y ejercicio. A éste se hallaba obligado, en principio, de por vida, y sólo podía liberarse de él por un acto del príncipe, cuyo contenido era la exoneración. Ésta, en un primer momento, asumía el exclusivo carácter de merced, esto es, de un acto que retribuía los méritos y servicios del oficial, mediante la liberación de su uso y ejercicio, y la conservación de su salario y honores, y al que acostumbró denominarse con la expresión “retirarse a gozar del salario en su casa”. En el siglo XVII esa terminología fue desplazada por la voz jubilación. Ésta se consolidó bajo dos especies: una que asumía la tradición de la merced real, y otra que revestía el carácter de decisión dirigida a apartar del ejercicio al oficial, por justas razones.