EL SISTEMA INDEMNIZATORIO DEL TRIPLE COMPUTO EN LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
El sistema indemnizatorio del triple cómputo ha sido adoptado por la ley chilena de propiedad industrial (LPI) en su artículo 108. Sin embargo, este precepto dista mucho de ser uno de carácter estrictamente indemnizatorio, por el contrario, adopta al menos dos formas de enriquecimiento sin causa que...
Guardado en:
Autor principal: | |
---|---|
Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Universidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
2008
|
Materias: | |
Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122008000100005 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|