EL SISTEMA INDEMNIZATORIO DEL TRIPLE COMPUTO EN LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

El sistema indemnizatorio del triple cómputo ha sido adoptado por la ley chilena de propiedad industrial (LPI) en su artículo 108. Sin embargo, este precepto dista mucho de ser uno de carácter estrictamente indemnizatorio, por el contrario, adopta al menos dos formas de enriquecimiento sin causa que...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Barrientos Zamorano,Marcelo
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Universidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales 2008
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122008000100005
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