Cuatro versiones de la Nulidad de Derecho Público. Primera parte: La versión de Mario Bernaschina González
Resumen : El objetivo es mostrar que los juristas atribuyen diferentes significados a un mismo conjunto de disposiciones constitucionales usando combinaciones discrecionales de conceptos dogmáticos y directivas hermenéuticas. Para ello reconstruye la argumentación dogmática llamada “Nulida...
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Autor principal: | |
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Universidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
2017
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122017000200251 |
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Sumario: | Resumen : El objetivo es mostrar que los juristas atribuyen diferentes significados a un mismo conjunto de disposiciones constitucionales usando combinaciones discrecionales de conceptos dogmáticos y directivas hermenéuticas. Para ello reconstruye la argumentación dogmática llamada “Nulidad de Derecho Público” en el trabajo de Bernaschina (1949), porque la doctrina lo considera el creador de esta argumentación. El método de análisis aplica las categorías postuladas por Tarello y sus continuadores en la Escuela Genovesa de Teoría del Derecho a la dogmática chilena. La conclusión sostiene que la “Nulidad de Derecho Público” es Derecho Administrativo vigente de creación extralegislativa por la vía de recurrir a combinaciones diferentes de conceptos dogmáticos y de directivas hermenéuticas. |
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