Autoría y participación en el derecho sancionatorio administrativo. Hacia una topografía del problema
Resumen: La potestad de la Administración de imponer sanciones no penales está limitada por el principio de legalidad. Conforme a este principio, sólo la ley puede determinar el ámbito de lo sancionable. Ello asegura que las sanciones sean previsibles para los particulares, y que las decisiones de l...
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Autor principal: | |
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Universidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
2018
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122018000100437 |
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Sumario: | Resumen: La potestad de la Administración de imponer sanciones no penales está limitada por el principio de legalidad. Conforme a este principio, sólo la ley puede determinar el ámbito de lo sancionable. Ello asegura que las sanciones sean previsibles para los particulares, y que las decisiones de la Administración no sean arbitrarias ni infrinjan el principio de separación de poderes. ¿Se desprende de ahí un límite a la posibilidad de la Administración de sancionar a quienes, sin haber ejecutado directamente la infracción, tuvieron una relevante influencia en su perpetración? La respuesta a esta pregunta es problemática. La dogmática penal sobre autoría y participación puede ofrecer algunos criterios válidos, pero las diferencias entre el Derecho penal y el Derecho sancionatorio administrativo exigen soluciones diferentes. En particular, el rol de la Administración en la implementación de las políticas públicas definidas por el legislador, y las especiales características de la moderna legislación administrativa, abren mayores espacios a la Administración para extender las sanciones a los intervinientes de primer orden, aun si no ejecutaron directamente la infracción. |
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