El deber de identificar al beneficiario final en las sociedades: Algunas dificultades relacionadas con el alcance, implementación y efectividad de esta nueva medida de prevención del lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo

Resumen En 2017 la Unidad de Análisis Financiero ha emitido la Circular Nº 57/2017, que establece el deber, para diversos actores del sistema financiero, de identificar al denominado “beneficiario final”. Esta medida busca determinar quiénes son las personas naturales que finalme...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Toso Milos,Ángela
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Universidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales 2019
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122019000200299
Etiquetas: Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
Descripción
Sumario:Resumen En 2017 la Unidad de Análisis Financiero ha emitido la Circular Nº 57/2017, que establece el deber, para diversos actores del sistema financiero, de identificar al denominado “beneficiario final”. Esta medida busca determinar quiénes son las personas naturales que finalmente poseen, directa o indirectamente, a través de sociedades u otros mecanismos, una participación igual o mayor al 10 % del capital o de los derechos a voto de una persona jurídica, así como aquellas que, sin perjuicio de poseer directa o indirectamente una participación inferior al 10 % del capital o de los derechos a voto de una persona jurídica, a través de sociedades u otros mecanismos, ejercen el control efectivo en la toma de decisiones de la persona jurídica. La adopción de esta medida se considera fundamental para prevenir efectivamente el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. El objetivo de este trabajo consiste en examinar dicha circular, con miras a identificar algunas dificultades que puede plantear su implementación respecto de las sociedades en nuestro país, en el marco de una prevención efectiva del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.