¿Es realmente el interés superior del niño una norma de procedimiento? A propósito de la observación general Nº 14 del Comité de los Derechos del Niño

Resumen En este artículo se examina el interés superior del niño y sus alcances en el proceso. Para ello, se recurre al canon propuesto por la Observación General Nº14 del Comité de los Derecho del Niño de Naciones Unidas. Sobre aquel documento se hacen algunas precisiones que parten por aclarar qué...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Carretta Muñoz,Francesco
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Universidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales 2021
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122021000200236
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Descripción
Sumario:Resumen En este artículo se examina el interés superior del niño y sus alcances en el proceso. Para ello, se recurre al canon propuesto por la Observación General Nº14 del Comité de los Derecho del Niño de Naciones Unidas. Sobre aquel documento se hacen algunas precisiones que parten por aclarar qué es lo que significa que el principio se asimile a una “norma de procedimiento”. Luego, se clarifican los puntos que constituyen el canon señalado en base a algunos problemas procesales que acontecen en la justicia de familia, referidos al derecho de defensa, el derecho al recurso, la óptima valoración por parte de la autoridad de los hechos que afectan a los niños y la competencia. La novedad que ofrece este artículo es el estudio del principio general desde un prisma procesal, habida cuenta que la doctrina mayoritariamente lo trata desde un punto de vista sustantivo.