¿Protege derechos fundamentales el Tribunal Constitucional chileno?

Utilizando dos distinciones que la teoría analítica del derecho ha puesto de relieve ("normas regulativas y normas de competencia" y "actos materiales y actos normativos"), este artículo critica la general consideración de los denominados derechos fundamentales civiles como una e...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Arriagada Cáceres,María Beatriz
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Universidad Austral de Chile. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales 2015
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-09502015000100007
Etiquetas: Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
Descripción
Sumario:Utilizando dos distinciones que la teoría analítica del derecho ha puesto de relieve ("normas regulativas y normas de competencia" y "actos materiales y actos normativos"), este artículo critica la general consideración de los denominados derechos fundamentales civiles como una especie de derecho subjetivo. Mediante la deconstrucción de las disposiciones que los consagran, se identifican los dos diferentes significados que estos tienen. Esto permite explicitar la teoría que subyace a la práctica interpretativa del Tribunal Constitucional y, a partir de ello, refutar la extendida comprensión de aquel como un órgano protector de derechos fundamentales, a la vez que justificar la agrupación de los llamados derechos civiles y los llamados derechos políticos bajo una misma categoría analítica.