La rescisión o nulidad por falta de emplazamiento en el Código de Procedimiento Civil chileno

RESUMEN: El presente artículo analizará el incidente de rescisión (o nulidad) de lo obrado por falta de emplazamiento del art. 80 del Código de Procedimiento Civil, en especial en lo referente a sus presupuestos de procedencia y consecuencias. Se le caracterizará como un medio para dejar sin efecto...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Gorigoitía Abbott,Felipe
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Universidad Austral de Chile. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales 2021
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-09502021000100167
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Descripción
Sumario:RESUMEN: El presente artículo analizará el incidente de rescisión (o nulidad) de lo obrado por falta de emplazamiento del art. 80 del Código de Procedimiento Civil, en especial en lo referente a sus presupuestos de procedencia y consecuencias. Se le caracterizará como un medio para dejar sin efecto juicios en los que no ha habido un efectivo emplazamiento, incluso en casos en los que no ha existido vicio alguno, que puede ser ejercido por cualquier persona que fue o ha debido ser parte en el proceso, aun cuando este ya se encuentre terminado.