EL ERROR EN LA LEY N° 20.357 A LA LUZ DEL ESTATUTO DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL Y SUS EFECTOS EN LA REGULACIÓN GENERAL DEL ERROR EN CHILE

El texto ofrece una interpretación de los Arts. 37 y 38 de la Ley N° 20.357 en donde se establecen normas especiales para regular el error con respecto al elemento contextual de los crímenes contra la humanidad y en la defensa de cumplimiento de órdenes superiores, respectivamente. Aquí se exponen l...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Matus Acuña,Jean Pierre
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Universidad de Talca 2014
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-33992014000100008
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Sumario:El texto ofrece una interpretación de los Arts. 37 y 38 de la Ley N° 20.357 en donde se establecen normas especiales para regular el error con respecto al elemento contextual de los crímenes contra la humanidad y en la defensa de cumplimiento de órdenes superiores, respectivamente. Aquí se exponen las diferencias entre esas normas específicas de la Ley N° 20.357, la interpretación del error en Chile -donde no existe una regulación legal general en esta materia-, y la regulación del error en los Arts. 32 y 33 del Estatuto de Roma. Se concluye que a pesar de las diferencias detectadas, ellas pueden ser minimizadas a través de la interpretación y, en cualquier caso, la probabilidad de que pudieran desencadenar la intervención de la Corte Penal Internacional es muy limitada. Al final, aquí también se da cuenta de que el régimen especial del error en la Ley N° 20.357 podría llevar a aceptar más ampliamente que el aspecto subjetivo de la responsabilidad penal puede incluir requisitos diferentes para los distintos elementos del delito al que se refieren y que éstos requisitos pueden ser establecidos por el legislador.