Una tesis para entender la medida de la pena en los casos de reiteración de delitos de la misma especie: análisis de las reglas penológicas contenidas en el artículo 351 del Código Procesal Penal a la luz del Principio de Proporcionalidad Constitucional
El objeto del presente trabajo es establecer un principio articulador en las disposiciones que regulan la determinación de la pena para el caso de una reiteración de delitos de la misma especie, esto es el artículo 351 del Código Procesal Penal. Como tesis central se sostiene que ese principio artic...
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Universidad de Talca
2014
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Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-33992014000200010 |
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Sumario: | El objeto del presente trabajo es establecer un principio articulador en las disposiciones que regulan la determinación de la pena para el caso de una reiteración de delitos de la misma especie, esto es el artículo 351 del Código Procesal Penal. Como tesis central se sostiene que ese principio articulador es el de proporcionalidad constitucional, en su faz de proporcionalidad en sentido estricto. Tal principio permite construir un modelo de determinación de pena que justifica la distinción que hace el legislador al restringir la aplicación de esta regla a sólo un caso de reiteración delitos: aquellos que afecten un mismo bien jurídico. Bajo esta concepción, el principio de proporcionalidad opera como un límite a la extensión de la sanción que será impuesta en los casos de reiteración de delitos de la misma especie, estructurándose en función de la correlación que existe entre la significación de gravedad del hecho desvalorado (tanto en cuanto tutelar de un bien jurídico-penal) y la pena que le ha sido asociada a éste por el legislador. Por consiguiente, la pena -en tanto afectación de derechos fundamentales para el penado- tiene una relación esencial con la gravedad del hecho típico, siendo ésta la magnitud de esa significación de gravedad, en tanto completa la conminación penal que busca evitar, prospectivamente, la comisión de ese delito. Por su parte, en esta relación de proporcionalidad el concepto de bien jurídico penal operará como el núcleo central del baremo de la ponderación de principios contrapuestos a considerar. Finalmente, en este orden de ideas, el mayor contenido de injusto que implica el fenómeno de la reiteración contribuye sólo de una forma marginal a la conformación de la gravedad de ese hecho; sólo en la medida que permite hacer oscilar la pena a imponer dentro de ciertos rangos que no deben superar el total de la pena acumulada materialmente. |
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