Garantías penales y sanciones administrativas
Resumen: *El presente texto defiende que la única forma de diferenciar las sanciones administrativas de las sanciones penales es mediante las características y/o garantías que el propio ordenamiento jurídico dispone para unas y otras. Por ello, trasvasijar instrumentalmente esas características y ga...
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Autor principal: | |
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Universidad de Talca
2017
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-33992017000200622 |
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Sumario: | Resumen: *El presente texto defiende que la única forma de diferenciar las sanciones administrativas de las sanciones penales es mediante las características y/o garantías que el propio ordenamiento jurídico dispone para unas y otras. Por ello, trasvasijar instrumentalmente esas características y garantías oscurece las diferencias entre ambas sanciones, distorsiona sus lógicas y defrauda los objetivos buscados por ellas. Las líneas que siguen son tanto una respuesta a una corriente doctrinaria y jurisprudencial que pretende aplicar total o matizadamente las garantías penales a las sanciones administrativas, como una propuesta que defiende una legalidad administrativa funcional como garantía y regulación de las sanciones administrativas. |
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