Los daños extrapatrimoniales que se previeron o pudieron preverse al tiempo del contrato

Es interesante notar la influencia francesa sobre la interpretación española del artículo 1107 del Código Civil, similar a la del artículo 1558 del chileno. El artículo 1150 francés, es su origen común. Sin embargo, son las ideas de Domoulin las que desarrollan, las que ya aparecen en el Digesto. La...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Barrientos Zamorano,Marcelo
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Pontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho 2007
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372007000100002
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