Arts. 1437 y 1438 del Código Civil: “Contrato” y “convención” como sinónimos en materia de fuentes de las obligaciones
Resumen: La sinonimia entre “contrato” y “convención” establecida en los arts. 1437 y 1438 del Código Civil es correcta desde la perspectiva de la delimitación de las fuentes de las obligaciones. La relación de género a especie entre los mismos conceptos, desd...
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Autor principal: | |
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Pontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho
2007
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372007000200004 |
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Sumario: | Resumen: La sinonimia entre “contrato” y “convención” establecida en los arts. 1437 y 1438 del Código Civil es correcta desde la perspectiva de la delimitación de las fuentes de las obligaciones. La relación de género a especie entre los mismos conceptos, desde la perspectiva de la teoría del negocio jurídico, corresponde a una ulterior y diferente acepción; por ello, juzgar el contenido de dichos artículos solo de acuerdo a esta segunda acepción es un anacronismo. |
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