LAS GARANTÍAS DEL ACREEDOR FRENTE AL INCUMPLIMIENTO: ESPECIAL REFERENCIA A LA BOLETA BANCARIA DE GARANTÍA

El presente artículo pretende examinar el concepto de garantía, tanto en su sentido amplio, como técnico. Una vez que ha operado el incumplimiento y siempre que sus consecuencias sean imputables al deudor, el acreedor goza de un conjunto de remedios para hacer efectiva la responsabilidad del deudor....

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Aedo Barrena,Cristián
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Pontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho 2008
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372008000200004
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Descripción
Sumario:El presente artículo pretende examinar el concepto de garantía, tanto en su sentido amplio, como técnico. Una vez que ha operado el incumplimiento y siempre que sus consecuencias sean imputables al deudor, el acreedor goza de un conjunto de remedios para hacer efectiva la responsabilidad del deudor. Todos estos mecanismos son inherentes a la obligación y se fundamentan en el derecho de prenda general. Además, el acreedor cuenta con la posibilidad de reforzar su posición jurídica, a través de las denominadas cauciones y, en general, las garantías en sentido técnico. A ellas y, especialmente a algunos aspectos de la boleta bancaria de garantía nos referiremos en los párrafos siguientes.