LA OBLIGATORIEDAD DEL ESTADO VENEZOLANO EN EL SISTEMA DE FUENTES Y LOS ARGUMENTOS DE LA SALA CONSTITUCIONAL PARA INEJECUTAR LAS SENTENCIAS DE LA CORTE-IDH
La ejecución de sentencias proferidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos está en cabeza del Estado condenado, quien tiene la obligación de ejecutarlas de forma integral; sin embargo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha declarado inejecutables algunas...
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Autores principales: | , , , |
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Universidad de Talca. Centro de Estudios Constitucionales
2017
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002017000100004 |
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Sumario: | La ejecución de sentencias proferidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos está en cabeza del Estado condenado, quien tiene la obligación de ejecutarlas de forma integral; sin embargo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha declarado inejecutables algunas sentencias, argumentando la violación del ordenamiento jurídico interno y la vulneración de la soberanía nacional, desconociendo de esta forma las obligaciones que el Estado venezolano como firmante del Tratado asumió al adherirse al mismo. |
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