El error, la simulación, el fraude a la ley y el abuso de un derecho en el derecho tributario chileno
La obligación tributaria emana de la ley, y sólo puede nacer de un hecho jurídico, el hecho imponible, no pudiendo generarse a partir del error o de la simulación lícita, por faltar la voluntad en el acto o contrato. La evasión siempre será ilícita, y dará origen al cobro tributario. La elusión será...
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Autor principal: | |
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Escuela de Derecho
2007
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-68512007000100011 |
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Sumario: | La obligación tributaria emana de la ley, y sólo puede nacer de un hecho jurídico, el hecho imponible, no pudiendo generarse a partir del error o de la simulación lícita, por faltar la voluntad en el acto o contrato. La evasión siempre será ilícita, y dará origen al cobro tributario. La elusión será antijurídica si se efectúa con el único fin de defraudar al fisco, en fraude a la ley o en abuso de un derecho, mas sólo podrá solicitarse indemnización de perjuicios por parte del Estado en el juicio criminal por delitos tributarios, pues no se permitiría la liquidación de impuestos en dichos casos. |
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