EL "DERECHO A LA VIDA" Y EL "DERECHO A HACER LA VIDA" EN COLISIÓN: ALGUNAS CONSIDERACIONES FRENTE A UNA SENTENCIA JUDICIAL
La interpretación usual que se da al "derecho a la vida" que protegen la Constitución y las leyes, es la del derecho de cada persona a conservar su vida biológica. Existe abundante jurisprudencia en Chile que avala tal interpretación. Se dice que el derecho a la vida es el derecho fundamen...
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Fundación Fernando Fueyo Laneri. Escuela de Derecho. Universidad Diego Portales.
2009
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Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-80722009000100006 |
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Sumario: | La interpretación usual que se da al "derecho a la vida" que protegen la Constitución y las leyes, es la del derecho de cada persona a conservar su vida biológica. Existe abundante jurisprudencia en Chile que avala tal interpretación. Se dice que el derecho a la vida es el derecho fundamental por excelencia, puesto que si no hay vida, ninguno de los demás derechos puede existir. En este artículo se propone una interpretación extensiva del vocablo 'vida', para englobar también el derecho a elegir la vida que cada cual desea llevar y a escoger los valores que justificarán su existencia. Llamamos a este nuevo derecho el de "hacer la vida", y nos preguntamos si el derecho a la vida biológica y esta nueva concepción del "derecho a hacer la vida" pueden entrar en colisión. Se estudia aquí un caso jurisprudencial en que esta colisión es patente. |
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