INTERPRETACIÓN DE CONTRATOS: ENTRE LITERALIDAD E INTENCIÓN

El art. 1560 del Código Civil concierne a la interpretación de contratos, del cual se sospecha que carece de operatividad. La estrategia para abordar el problema anunciado implica un análisis de su dimensión pragmática (¿para qué sirve dicha disposición?), para luego dar cuenta de su dimensión semán...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Coloma Correa,Rodrigo
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Fundación Fernando Fueyo Laneri. Escuela de Derecho. Universidad Diego Portales. 2016
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-80722016000100001
Etiquetas: Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
Descripción
Sumario:El art. 1560 del Código Civil concierne a la interpretación de contratos, del cual se sospecha que carece de operatividad. La estrategia para abordar el problema anunciado implica un análisis de su dimensión pragmática (¿para qué sirve dicha disposición?), para luego dar cuenta de su dimensión semántica (¿qué significa dicha disposición?). En tal sentido, se identifican distintas funciones: simbólica, técnica, definitoria e interpretativa. Tal estructura de análisis conduce a enfatizar, entre otras cosas, i) la utilidad del art. 1560 para determinar qué es lo que los jueces deben interpretar (y no tanto, el cómo); ii) los aportes de tal disposición para la comprensión de lo que debe entenderse por literalidad; y iii) la atención que cabe prestar a las acciones intencionales (y no a los estados mentales) para enfrentar el arduo problema del conocimiento de la intención de los contratantes.