Los límites procesales de la protección de derechos fundamentales y el filtro de admisibilidad en la Corte de Apelaciones
Resumen: La protección judicial de los derechos fundamentales del art. 20 de la Constitución de 1980, tiene límites sustantivos y procesales. Este artículo, analiza las razones procesales para no dar lugar a la protección, ya sea por un motivo de índole general -el reparto de competencias- o dos cri...
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Lenguaje: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
Universidad Católica del Norte
2020
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-97532020000100204 |
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Sumario: | Resumen: La protección judicial de los derechos fundamentales del art. 20 de la Constitución de 1980, tiene límites sustantivos y procesales. Este artículo, analiza las razones procesales para no dar lugar a la protección, ya sea por un motivo de índole general -el reparto de competencias- o dos criterios específicos: la imposibilidad de brindar tutela cautelar y la deferencia con las instancias especializadas. Por razones de justicia y eficiencia, las Cortes de Apelaciones deberían aplicar estos criterios cuando deciden la admisibilidad de la protección, a menos que existan antecedentes para que la Sala invoque la tesis de la “vulneración evidente” del derecho fundamental, la que suele basarse en la garantía de la propiedad o en la del debido proceso. |
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