Apuntes para una historia de las instituciones de menores en España .
En 1918 se crean en España los tribunales específicos para niños cuya andadura ocupará todo el siglo XIX. Con anterioridad sólo se dio un tratamiento institucional puntual y casi exclusivamente benéfico y altruista a esta cuestión: en este artículo hacemos referencia a algunas de las instituciones y...
Guardado en:
Autores principales: | , |
---|---|
Formato: | article |
Lenguaje: | ES |
Publicado: |
Asociacion Espanola de Neuropsiquiatria
2002
|
Materias: | |
Acceso en línea: | https://doaj.org/article/3ec9a6b3fbd446f6a7847a275d355b10 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
Sumario: | En 1918 se crean en España los tribunales específicos para niños cuya andadura ocupará todo el siglo XIX. Con anterioridad sólo se dio un tratamiento institucional puntual y casi exclusivamente benéfico y altruista a esta cuestión: en este artículo hacemos referencia a algunas de las instituciones y legislaciones anteriores al siglo XIX. El núcleo central del trabajo se basa en el análisis legislativo-institucional y el consecuente modo de intervención con los menores disociales derivado de la llamada “ley Montero Ríos” de 1918 en homenaje a su redactor. Conectamos el anterior desarrollo con las dificultades y peculiaridades de la reciente “ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores” de 2001 que sustituye a la anterior y eleva la edad penal a los 18 años. |
---|