MODIFICACIONES AL CÓDIGO DE COMERCIO CHILENO: ARTÍCULO 513 INCISO SEGUNDO - EL RIESGO

La escasa doctrina nacional en materia de regulación sobre seguros, ha sostenido una fuerte crítica a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 513 del Código de Comercio, norma que, al contener la expresión caso fortuito hace insuficiente la definición de riesgo, lo que implicaría que el contr...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ríos Ossa,Roberto
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Pontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho 2010
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372010000300005
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