LOS HEREDEROS NO REQUIEREN DEL CONSENTIMIENTO DE LOS DEMÁS PARA DISPONER DE SU CUOTA HEREDITARIA REFERIDA A UN INMUEBLE

RESUMEN: Nuestro máximo tribunal de justicia ha resuelto recientemente una cuestión que no parecía haber suscitado dudas hasta el momento, pero que ha revelado que existen voces disidentes que podrían poner en entredicho la tradicional mirada sobre las facultades del propietario de una cuota, en or...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Dibarrart F.,Miguel J.
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Pontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho 2020
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372020000300915
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